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Comisión para la Gestión Universitaria en la UNAG
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Comisión para la Gestión Universitaria en la UNAG

La Comisión tiene una labor excepcional, proporcional y temporal.

COMUNICADO OFICIAL

A la comunidad universitaria de la UNAG y a la sociedad hondureña:

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 9-2026, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 37,069 de fecha 13 de febrero de 2026, el Congreso Nacional de la República decretó en su Artículo 1: “Créase una Comisión para la Gestión Universitaria en la Universidad Nacional de Agricultura (UNAG)… La Comisión tiene una labor excepcional, proporcional y temporal, asumiendo las funciones propias que expresamente se mencionan del Estatuto de la Universidad Nacional de Agricultura y las que se señalen en el presente Decreto, constituyendo como máximo órgano administrativo de la Universidad, hasta la designación del Consejo Superior Universitario, la Junta de Dirección Universitaria y la Rectoría”.

CONSIDERANDO: Que el referido Decreto se encuentra plenamente vigente, que la Comisión para la Gestión Universitaria ha sido debidamente integrada y juramentada por el Congreso Nacional en fecha 18 de febrero de 2026, conforme a dicho mandato legal, y que en este momento se encuentra organizándose internamente en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6 del Decreto, el cual dispone: “En el plazo de cinco (5) días hábiles la Comisión debe redactar, suscribir y socializar las normas que regulen lo referente a sus reuniones, convocatoria, y tipo de decisiones… Mientras aprueban su normativa interna de funcionamiento aplicarán las disposiciones de la Ley General de la Administración Pública”.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 5 del Decreto No. 9-2026 establece expresamente las atribuciones de la Comisión, entre ellas: “c) Continuar todos los trámites que la Junta de Dirección Universitaria (JDU) haya iniciado mientras son nombrados los nuevos miembros de la JDU, incluyendo los referidos a la planificación, organización, contratación pública, gestión y control administrativo, así como el seguimiento de la labor sustantiva de la Universidad Nacional de Agricultura (UNAG), a fin de cumplir todos los objetivos, planes y necesidad de la educación superior”.

CONSIDERANDO: Que el mismo Artículo 5 dispone en su inciso: “g) Velar por el cumplimiento en los procesos de elección de autoridades universitarias que estarán por realizarse, entre los años 2026 y 2027”.

CONSIDERANDO: Que igualmente el Artículo 5 establece en su inciso: “i) Revisar el cumplimiento transparente de las funciones y atribuciones de la Junta de Dirección Universitaria (JDU), sobre los procesos de selección de autoridades de la Universidad Nacional de Agricultura (UNAG), emitir un informe de los hallazgos de las gestiones administrativas anteriores, para que se tomen las acciones pertinentes”; lo cual comprende expresamente los procesos de selección y nombramiento que se encuentren en trámite al momento de entrada en vigencia del Decreto.

CONSIDERANDO: Que conforme al principio de juridicidad que rige la actuación administrativa en el Estado de Derecho, los órganos públicos únicamente pueden ejercer las atribuciones que la ley les confiere, y que los actos emitidos por autoridad sin competencia vigente o excediendo los límites del mandato legal pueden ser susceptibles de revisión y declaratoria de nulidad administrativa, sin perjuicio de las responsabilidades que el ordenamiento jurídico establece cuando se actúa fuera del marco de las atribuciones conferidas.

CONSIDERANDO: Que el propósito del Decreto No. 9-2026 es asegurar la vida académica de la Universidad Nacional de Agricultura, restaurar y fortalecer su gobernanza institucional bajo criterios de legalidad, transparencia y estabilidad, garantizando que los procesos académicos, docentes y estudiantiles se desarrollen con normalidad y respeto a los derechos de la comunidad universitaria.

CONSIDERANDO: Que este proceso contará, conforme al propio Decreto, con el acompañamiento del Tribunal Superior de Cuentas en el ejercicio de la función auditora forense correspondiente, así como con el acompañamiento técnico académico de la Dirección de Educación Superior y del Consejo de Educación Superior, en el marco del Sistema de Educación Superior de Honduras.

CONSIDERANDO: Que resulta indispensable evitar la duplicidad de decisiones o actuaciones paralelas que puedan generar inseguridad jurídica, especialmente en materias relativas a procesos de elección de autoridades, compromisos financieros o decisiones estructurales de carácter irreversible.

CONSIDERANDO: Que la Comisión establecerá formalmente los canales oficiales y permanentes de comunicación institucional a través de los cuales se emitirán las disposiciones y acuerdos derivados del ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto No. 9-2026.

POR TANTO

La Comisión para la Gestión Universitaria de la Universidad Nacional de Agricultura:

PRIMERO: Declara que asume su mandato con plena conciencia de su carácter excepcional, proporcional y temporal, orientando todas sus actuaciones a restaurar la gobernanza institucional, fortalecer la transparencia y asegurar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico aplicable.

SEGUNDO: Informa que, mientras se consolidan sus normas internas de funcionamiento conforme al Artículo 6 del Decreto, ejercerá las atribuciones conferidas como máximo órgano administrativo de la Universidad, en los términos establecidos en el Decreto No. 9-2026, en el Estatuto de la UNAG y su reglamento.

TERCERO: Indica que los procesos y decisiones adoptados por órganos cuyas atribuciones han sido suspendidas o asumidas por la Comisión en virtud del Decreto 9-2026 podrán ser objeto de revisión conforme a lo dispuesto en el Artículo 5 incisos c) e i) del referido Decreto, con el fin de garantizar su plena conformidad con el marco normativo vigente y el interés superior de la institución, derivándose de ello las responsabilidades legales que se generen por decisiones fuera de los límites normativos establecidos.

CUARTO: Reitera la continuidad del servicio educativo y el respeto a los derechos de estudiantes, docentes y personal administrativo.

QUINTO: Anuncia que en los próximos días se socializarán los canales oficiales de comunicación permanente con todos los actores de la comunidad universitaria —estudiantes, docentes, personal administrativo y organizaciones gremiales— a fin de asegurar un proceso transparente, participativo y orientado al fortalecimiento institucional.


📍 Catacamas, Olancho
📅 19 de febrero de 2026

Comisión para la Gestión Universitaria
Universidad Nacional de Agricultura (UNAG)

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